La Formación Programada, también conocida como Formación Bonificada o Formación Continua, tiene como objetivo responder a las necesidades específicas de formación detectadas por las empresas para sus trabajadores, mediante la impartición de acciones formativas relacionadas con la actividad de la empresa o con cada puesto de trabajo, con el objetivo de que los trabajadores actualicen o mejoren sus competencias.
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Se trata de una iniciativa desarrollada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) que es la entidad encargada de facilitar y promover la formación y el reciclaje permanente de los trabajadores con el objetivo de aumentar la competitividad y productividad de las empresas.
Esta formación es gratuita para los trabajadores.
Requisitos Formación Bonificada 2020
Las empresas que quieran que sus trabajadores realicen Formación Programa deben cumplir con unos requisitos básicos
- Disponer de trabajadores en plantilla en Régimen General.
- Estar al corriente en los a la Seguridad Social así como en la Agencia Tributaria.
Todas las empresas tienen derecho a realizar Formación Programada para sus trabajadores, para ello disponen de un crédito anual. Podrán aplicar una bonificación de hasta el 100% por el importe de los cursos que hayan realizado de formación programada, como máximo hasta dicho importe.
El crédito asignado tiene carácter anual y no acumulable, es decir, el dinero que no se utilice se perderá.
¿De cuánto crédito dispone mi empresa para Formación Programada?
Los trabajadores de todas las empresas de España tienen derecho a acceder y realizar la formación bonificada 2020. Para ello, las empresas disponen de un crédito anual que depende de las cotizaciones que se hayan realizado en el año anterior y del tamaño de la plantilla, así como la cantidad total aportada en concepto de Formación Profesional (0,7% de “Base otras Cotizaciones” de las nóminas de los trabajadores).
A partir de estos datos, podemos saber de cuánto crédito dispone nuestra empresa según la siguiente tabla:
Entre 1 y 5 trabajadores: Las empresas disponen de una cantidad mínima de 420€. Entre 6 y 9 trabajadores: El crédito disponible será del 100% de la aportación total a Formación Programada. Entre 10 y 49 trabajadores: El crédito disponible será del 75% de la aportación total a Formación Programada. Entre 50 y 249 trabajadores: El crédito disponible será del 60% de la aportación total a Formación Programada. 250 trabajadores o más: El crédito disponible será del 50% de la aportación total a Formación Programada.
Si no se dispone del crédito necesario para la formación, también se puede cofinanciar de forma privada.
Simulador de crédito para 2020 que facilita este cálculo. https://empresas.fundae.es/Lanzadera
Los 8 pasos a seguir para bonificar la formación de tu empresa
Tal como se indica en el portal web de FUNDAE, el proceso de bonificación consta de 8 pasos. A continuación te los mostramos de manera resumida:
1. Calcula tu créditoEl crédito de formación es la cuantía de la cual dispone tu empresa durante el año como ayuda para la formación que impartes a tus trabajadores.
2. Date de alta en la aplicación de Fundae
Toda la gestión de las bonificaciones se realiza a través de la aplicación de Formación Programada por las empresas.
3. Informa a la Representación Legal de los Trabajadores
Si la empresa no tiene RLT., puedes saltar directamente al siguiente punto.
4. Comunicar el inicio del curso
La comunicación debe realizarse con una antelación mínima de 7 días naturales a la fecha del comienzo de la acción formativa.
5. Realizar la formación
En este caso hay que resaltar algún aspecto que no debería pasarse por alto, como que todos tus trabajadores deberán completar la totalidad de la formación.
6. Comunicar la finalización del curso
La finalización del curso se comunica a través de la aplicación telemática de Fundae.
7. Bonifica la formación
Una vez comunicada la finalización en la aplicación, y hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso, puedes aplicarte la bonificación por formación en los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social.
8. Consulta el resultado
Debes conservar, durante un plazo de 4 años, la documentación acreditativa de las acciones formativas por las cuales te has practicado la bonificación, por si ésta te fuera requerida. Una vez finalizado el ejercicio, Fundae comprobará las bonificaciones practicadas para asegurar la corrección de las mismas.
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